Banco Central, Leyes y regulación

[ACTUALIZACIÓN] ¿Congelamiento?

No sé ustedes, pero nosotros aún tenemos saldo de dinero electrónico en el celular. Pero desde el 1 de abril ya no podemos transferirlo, ni retirarlo, ni usarlo, ni nada. Está congelado.

La última frase del artículo 308 de la Constitución de la República dispone:

Se prohíbe el congelamiento o la retención arbitraria o generalizada de los fondos o los depósitos en las instituciones financieras públicas o privadas

El Banco Central dice que estará congelado por un mes.

Al parecer, 57% de los 400.000 usuarios tienen su saldo de dinero electrónico congelado. Inconstitucionalmente congelado; si más de 200.000 personas tienen sus fondos congelados, es una retención generalizada en una institución financiera pública. {O}

Aunque es posible que nuestro artículo no haya influido en el Banco Central, pocas horas después de publicar este texto y la encuesta, el Banco Central emitió una actualización a su mensaje sobre el dinero electrónico. En el mismo, quitan el período de indisponibilidad de recursos y alientan a los usuarios a acercarse a las ventanillas del BCE a proceder a retirar los fondos. En estas nuevas condiciones, ya no podemos argumentar que hay congelamiento.

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