Durante el día de ayer (19 de noviembre de 2019), las redes sociales han sido testigos de un enfrentamiento entre dos banqueros.
Al respecto, David Villamar ha ensayado una narrativa que incluiría la tentativa de venta del Banco del Pacífico, los efectos de las manifestaciones de octubre, e inclusive, los problemas técnicos experimentados por el Banco Pichincha.

Como señala el mismo Villamar, se trata de un relato de ficción, donde todos los personajes y nombres son ficticios y cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia. Sin embargo, es conveniente recordar que ya se han dado enfrentamientos entre banqueros a través de medios de comunicación, el más reciente, en 2004 (referencias aquí y aquí).
El episodio recuerda a algunos ecuatorianos los prolegómenos de la crisis bancaria de 1999, cuando 30 entidades pasaron a manos del Estado y medio centenar de sus ex administradores se fugaron del país para escapar de las acciones judiciales.
El UNIVERSO, 21 de septiembre de 2004
De hecho, los medios de comunicación y la banca en el Ecuador tienen una interesante historia de relacionamiento durante todo el siglo XX y lo que va del siglo XXI, con varios grupos económicos siendo accionistas o dueños de varios medios de comunicación (también aquí). De allí la importancia del artículo 312 de la Constitución, acerca del cual ya nos hemos referido en otras ocasiones en este Observatorio (ej. aquí y aquí).
Art. 312.- Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa ni indirectamente, de acciones y participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición, de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente.
Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas.
Cada entidad integrante del sistema financiero nacional tendrá una defensora o defensor del cliente, que será independiente de la institución y designado de acuerdo con la ley.
Constitución de la república del Ecuador (el énfasis es nuestro)
Como nota al margen, mientras los enfrentamientos suceden, se estaría reduciendo el presupuesto de la entidad de control correspondiente.